Ley de Responsabilidades Políticas


«Art. 1.º Se declara la responsabilidad política de las personas, tanto jurídicas como físicas que desde 1° de octubre de 1934 y antes de 18 de julio de 1936, contribuyeron a crear o a agravar la subversión de todo orden de que se hizo víctima a España y de aquellas otras que, a partir de la segunda de dichas fechas, se hayan opuesto o se opongan al Movimiento Nacional con actos concretos o con pasividad grave.
Art. 2.° Como consecuencia de la anterior declaración [...] quedan fuera de la ley todos los partidos y agrupaciones políticas y sociales que, desde la convocatoria de las elecciones celebradas el 16 de febrero de 1936, han integrado el llamado Frente Popular, así como los partidos y agrupaciones aliados y adheridos a éste por el solo hecho de serlo, las organizaciones separatistas y todas aquellas que se hayan opuesto al Triunfo del Movimiento Nacional [...].
Art. 3.° Los partidos, agrupaciones y organizaciones declaradas fuera de la ley, sufrirán la pérdida absoluta de sus derechos de toda clase y la pérdida total de sus bienes. Estos pasarán íntegramente a ser propiedad del Estado [...].»
Boletín Oficial del Estado, 13 de febrero de 1939.
Reproducido en José HERNÁNDEZ y otros, Historia de España.
2. °Bachillerato. Fuentes documentales, Madrid, Akal, 2004, p. 132. 
                                     

Este texto es un extracto de una ley publicada en el Boletín Oficial del Estado. Dicha ley se publica aún en el transcurso de la guerra, aunque ya en un momento en que el conflicto está decantado hacia el bando nacional. Las últimas resistencias republicanas apenas son eficaces y el final de la guerra es cuestión de tiempo. Por eso, Franco está sentando las bases de lo que será el nuevo régimen.

La peculiaridad del franquismo reside en que es un régimen erigido sobre las cenizas de una guerra. Su legitimidad es inexistente, por lo que se hace necesario conseguir justificar su existencia. Desde el principio la Iglesia ya ha bendecido la sublevación, pero aún es necesario legitimarlo políticamente. Parte de esa legitimidad radicará en la eliminación y depuración del adversario, evitando así tener voces discordantes en su seno. Supone eliminar al enemigo en casa. Para eso se publica esta ley.

Esta selección de artículos presenta tres partes: en la primera, se hace responsable a todo aquel que haya participado en los desórdenes entre el 1 de octubre del 34 (la revolución de Asturias) y el 18 de julio del 36 (día del Alzamiento), así como quienes se hayan opuesto a los nacionales a partir de esa fecha, referidos como Movimiento Nacional (el partido único durante el franquismo), tanto los que hayan participado de forma activa como aquellos que hubieran mostrado "pasividad grave" (lo que puede suponer atribuir responsabilidad a cualquiera). El segundo artículo declara fuera de la ley todo partido o sindicato afín al Frente Popular. Finalmente, el artículo tres declara que todos aquellos mencionados en los dos artículos anteriores perderán todos sus derechos, incluido, obviamente, el derecho a vivir. Supone, en definitiva, la condena a muerte para miles de personas.

Como resultado de esta ley, se legaliza la represión que ya se ha impuesto durante la guerra y se intensificarán los juicios sumarísimos para gran parte de las personas que defendieron la República. Un número de cáculo difícil  mueren durante la guerra (los estudios más serios hablan de 600.000 en acciones bélicas) muchos otros serán fusilados bajo cualquier pretexto (como recoge el Padre Gumersindo de Estella en su diario sobre los fusilados en Zaragoza), y un buen número acabará con sus huesos en la cárcel o en improvisados campos de concentración. Aquellos que tuvieron algo más de suerte pudieron marchar al exilio, corriendo distinta suerte según dónde recalasen: muchos pasaron al sur de Francia, donde fueron recluidos en campos de concentración hasta que el estallido de la II Guerra Mundial les hizo elegir entre volver a España  o integrarse en el ejército francés para luchar contra Hitler: muchos de éstos perdieron la vida en el frente y otros en los campos de concentración nazi, aunque algunos sobrevivieron y pudieron contrarlo, como Mariano Constante, que fue ordenanza de los SS en Mauthausen y lo recogió en varios libros publicados con posterioridad. Otros, entre los que se cuentan buena parte de los intelectuales, se subieron a los barcos enviados desde México por el presidente Lorenzo Cárdenas. Allí viajó el gobierno republicano, donde permaneció vivo hasta los años de la Transición, cuando se disolvió en pro de la reconciliación.

También esta ley fue la causa de que parte de los combatientes del bando republicano evitasen regresar a casa para evitar represalias y se "echasen al monte", negando el fin del conflicto y continuando como guerrillas la lucha contra Franco hasta casi los años sesenta. Otros maquis fueron aquellos que regresaron victoriosos en el año 45, que intentaron contar con el apoyo de las potencias vencedoras en la II Guerra Mundial e invadieron el Valle de Arán, pero fracasaron por falta de apoyo internacional.

Esta ley se complementó con la Ley para la Represión de la Masonería y el Comunismo, que centraba su acción en estos dos colectivos, identificados por Franco como los principales enemigos de España. Así, aquí puedes hablar un poco de las bases ideológicas del Régimen, que te subiré en la próxima entrada de este blog. Muchos historiadores atribuyen parte de la responsabilidad de la larga duración del franquismo a la ausencia de enemigos internos, depurados a través de leyes como éstas.

La represión también se centrará en el miedo y la censura. El miedo, a través de la marginación social de los vencidos y sus familiares, que  serán sometidos a constantes humillaciones (obligatoriedad de obtener certificados de buena conducta para encontrar trabajo) y vejaciones (rapado de la cabeza a las mujeres acusadas de rojas) justificadas por ser sospechosos de enemistad con el régimen. La censura también será forma de represión , pues durante los casi cuarenta años del franquismo se impuso la versión oficial del conflicto y la exaltación de los vencedores, condenando al olvido y la injuria a quienes defendieron a la República. La Iglesia impondrá su ley, superponiéndose en muchos ámbitos a las leyes civiles (prohibición del divorcio, por ejemplo, vigente durante los años de la República, o declarando nulos los matrimonios civiles contraídos durante ese período).

Finalmente, para completar el comentario, puedes, voluntariamente, hablar de la oposición al régimen en los primeros años del franquismo. Parte de esto ya lo has hecho hablando del maquis y del exilio. Puedes completarlo hablando (brevemente) del aislamiento internacional, derivado de acciones como la vigencia de esta ley.

De nuevo, encontrarás información en las entradas de este blog relativas a la guerra civil y al franquismo, incluso te puede servir para tu comentario lo que te expongo en esta misma entrada. También puedes ver las páginas 3-6 de este tema del IES Elaios.

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